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Advance parole: viajar con permiso mientras sale la residencia ya no es lo que era

7 oct
4 min de lectura

Mientras el trámite de la residencia avanza dentro de Estados Unidos, la pregunta que más se repite es la misma: ¿puedo ir a Colombia a ver a mi mamá, a un matrimonio, a un entierro? Durante años la respuesta tuvo un camino conocido: pedir el permiso de viaje, el advance parole, con el formulario I-131, salir y volver con ese documento.

Ese camino cambió el 13 de agosto de 2026. Para un grupo grande de personas, hoy ese viaje puede cerrar la puerta de Estados Unidos por diez años.

El castigo de diez años

La ley migratoria estadounidense castiga a quien acumula tiempo en el país sin estatus y después sale. Hay dos escalas:

  • Más de 180 días y menos de un año sin estatus: tres años sin poder volver a entrar.

  • Un año o más sin estatus: diez años sin poder volver a entrar.

Ese tiempo sin estatus se llama presencia ilegal. Se acumula, por ejemplo, cuando alguien entra con visa de turista y se queda después de la fecha que le autorizaron, o cuando alguien entra sin pasar por un control migratorio.

El castigo no se activa por estar en el país. Se activa al salir. Mientras la persona no sale, el contador existe pero no dispara.

Lo que pasaba desde 2012

En 2012 la Junta de Apelaciones de Inmigración, el tribunal administrativo que fija los criterios que siguen los jueces de inmigración, decidió que salir con advance parole no era una "salida" para efectos del castigo de diez años. La lógica era que la persona salía con autorización previa del gobierno para volver, y que su trámite seguía vivo.

Con esa regla, miles de personas con ajuste de estatus en curso viajaron. Muchas de ellas tenían más de un año de presencia ilegal acumulada: viajaban, volvían con su permiso y el trámite seguía como si nada.

Lo que cambió el 13 de agosto de 2026

En una decisión de esa fecha, la misma Junta revocó su criterio de 2012. Ahora salir de Estados Unidos con advance parole sí es una salida para efectos del castigo de diez años. El permiso de viaje no tiene ninguna excepción.

Hay dos precisiones que la decisión deja claras:

  • Se aplica hacia adelante. La Junta decidió no aplicar la regla nueva a viajes anteriores, porque mucha gente confió en el criterio que estuvo vigente catorce años. El riesgo está en los viajes de ahora en adelante.

  • Habla del castigo de diez años. La decisión se refiere a quien acumuló un año o más de presencia ilegal. Sobre el castigo de tres años no se pronunció.

Quién queda expuesto

El caso más común es el de alguien casado con un ciudadano estadounidense.

Un ejemplo ilustrativo: Andrés entró a Miami con visa de turista en 2022, se quedó, y en 2025 se casó con Laura, ciudadana estadounidense. Laura presentó la petición y Andrés pidió el ajuste de estatus desde Estados Unidos. Para el cónyuge de un ciudadano, la ley perdona haberse quedado más tiempo del permitido para efectos de ajustar dentro del país. Por eso el trámite de Andrés avanza sin problema.

Pero Andrés acumuló más de un año de presencia ilegal antes de presentar su caso. Si hoy pide el permiso de viaje y sale a Colombia, esa salida activa el castigo de diez años. Al volver, el gobierno puede considerarlo inadmisible y negarle la residencia que estaba a punto de recibir.

Quien siempre ha tenido estatus, por ejemplo alguien que pidió el ajuste mientras su visa de estudiante seguía vigente, no acumuló presencia ilegal y no está en este grupo. Por eso la pregunta no es si se tiene permiso de viaje, sino cuánto tiempo sin estatus hay en el historial.

El perdón existe, pero no es un trámite menor

La ley permite pedir un perdón del castigo cuando la persona es cónyuge o hijo de un ciudadano o de un residente permanente, y demuestra que negarle la entrada le causaría un sufrimiento extremo a ese familiar. No basta con la separación ni con el costo normal de vivir lejos: hay que probar algo más grave, con documentos.

Es una decisión discrecional del gobierno y no tiene revisión ante los jueces. Es un trámite largo, con resultado incierto, que convierte un viaje de dos semanas en un problema de años.

Qué revisar antes de comprar el tiquete

  1. El historial completo de entradas y salidas. Fechas de cada entrada, tipo de visa, fecha hasta la cual estaba autorizada la estadía y cualquier cambio de estatus.

  2. El tiempo sin estatus acumulado. Si en algún momento pasó un año o más, el viaje con permiso hoy es un riesgo real.

  3. Si hay una alternativa a viajar. En muchos casos la decisión más sana es esperar a tener la green card en la mano. Viajar entre estados dentro de Estados Unidos no tiene ningún problema.

Si el permiso de viaje ya está aprobado, eso no cambia nada de lo anterior. El documento autoriza el regreso, pero no borra el tiempo sin estatus.

Si tienes un trámite de residencia en curso y estás pensando en viajar, revisa tu historial con tu abogado antes de salir.

Contenido informativo y general. No es asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente; cada caso depende de sus hechos.

Responsable del contenido: Camila Giraldo Bolívar, abogada admitida en Nueva York y en Colombia. GB Partners, Calle 5 A # 39-93, oficina 702, Medellín, Colombia. Teléfono y WhatsApp +57 305 234 6543. www.gbpartnersllc.com

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