Trabajas desde Colombia con una LLC en Estados Unidos: lo que el IRS te cobra y lo que sí te exige
Eres diseñadora, programador, consultor o editor de video. Vives en Medellín, en Bogotá o en Ciudad de México, y tus clientes están en Estados Unidos. Abriste una LLC en Wyoming para facturarles en dólares, cobrar por Stripe o por una plataforma y tener cuenta en un banco de allá. Y ahora la pregunta que no te deja tranquilo: ¿le tengo que pagar impuestos al IRS por esa plata?
En la mayoría de los casos, no. Pero eso no quiere decir que la LLC no tenga obligaciones ante el IRS, y tampoco que esa plata no pague impuestos en ninguna parte.
Para el IRS, la LLC de un solo socio eres tú
Una LLC con un solo dueño, si nadie pide otra cosa, es para el IRS una entidad que no se considera separada de su dueño. En la práctica es transparente: no paga impuesto de renta propio y lo que factura se mira como si lo hubieras facturado tú directamente.
Por eso la pregunta correcta no es cuánto paga la LLC, sino cuánto pagas tú. Y tú, si no eres ciudadano ni residente de Estados Unidos, eres un no residente para el IRS.
Lo que decide todo: dónde haces el trabajo
Un no residente le paga impuesto federal de renta a Estados Unidos sobre la plata que tiene fuente en Estados Unidos, y sobre la que viene de un negocio que opera allá.
Para los servicios, la regla de fuente es física: el ingreso por un servicio tiene la fuente del lugar donde se presta. No importa dónde esté el cliente, ni en qué banco caiga la plata, ni en qué estado esté registrada la LLC. Si diseñas el logo sentada en tu apartamento de Laureles, ese ingreso tiene fuente fuera de Estados Unidos, aunque el cliente sea de Miami y te pague a una cuenta en Nueva York.
Y el ingreso de fuente extranjera de un no residente, por regla general, no se trata como ingreso de un negocio en Estados Unidos. La excepción exige, entre otras cosas, tener en Estados Unidos una oficina o un lugar fijo de negocios al que se le atribuya ese ingreso. Una dirección del agente registrado o un buzón virtual no es lo mismo que una oficina donde trabajas.
Resultado: la plata que facturas por servicios que prestas desde fuera no paga impuesto federal de renta en Estados Unidos. Y si la LLC está en Wyoming, el estado tampoco cobra impuesto de renta.
Un ejemplo con números redondos
Caso ilustrativo, con nombre y cifras inventadas. Laura es diseñadora, vive en Medellín y factura USD 60.000 al año a tres agencias de Estados Unidos a través de su LLC de Wyoming, de la que es la única dueña. Todo el trabajo lo hace desde Colombia.
Ante el IRS, Laura no paga impuesto de renta por esos USD 60.000: es ingreso de fuente extranjera de una no residente. A las agencias no les entrega un W-9, que es el formulario de las personas de Estados Unidos. Les entrega un W-8BEN a su nombre, porque para el IRS la que recibe es ella y no la LLC.
Ahora, si Laura pasa dos meses en Miami trabajando para esas mismas agencias, la plata que corresponde a esos días sí tiene fuente en Estados Unidos. La regla se aplica por tiempo: los días que trabajas allá cuentan allá.
Lo que sí exige el IRS: el 5472 con un 1120 de soporte
Que no haya impuesto no quiere decir que no haya papeles. Una LLC de un solo dueño extranjero tiene que presentar cada año el Formulario 5472, acompañado de un Formulario 1120 pro forma, cuando en el año hubo operaciones con su dueño. Y en la vida real de un freelancer siempre las hay: la plata que pones en la LLC al principio, la que sacas para pagar tu vida, lo que la LLC te paga.
El 1120 que acompaña al 5472 no es una declaración de renta y no liquida impuesto. Es el soporte que el IRS usa para identificar a la LLC: nombre, dirección y número. El 5472 es el que cuenta quién es el dueño y cuánta plata se movió entre la LLC y él.
Lo práctico:
Vence el 15 de abril de cada año, por el año anterior.
No se presenta por internet. Va por fax o por correo a una oficina del IRS en Utah.
Se puede pedir una extensión de seis meses, también en papel y antes del 15 de abril.
Desde el primer día la LLC tiene que llevar registros que respalden lo que se reporta.
La multa por no presentarlo es de USD 25.000, y sigue creciendo si el incumplimiento se mantiene después del aviso del IRS. No importa que la LLC no haya pagado un solo dólar de impuesto: la multa es por no informar, no por no pagar.
Lo que la LLC no hace por ti
La LLC no vuelve invisible la plata. Estados Unidos no la grava porque el trabajo se hizo fuera, pero el país donde vives sí puede hacerlo. Si eres residente fiscal en Colombia, por ejemplo, allá declaras tu renta de todo el mundo, y eso incluye lo que entra a la LLC o lo que sacas de ella.
Tampoco te protege si en la práctica operas desde Estados Unidos: si contratas gente allá, abres una oficina o pasas buena parte del año trabajando desde allá, la conclusión puede cambiar.
El paso concreto
Antes de pensar en cuánto te ahorras, revisa tres cosas: si eres el único dueño de la LLC, desde dónde prestas de verdad tus servicios y si ya presentaste el 5472 de los años en que la LLC movió plata. La tercera es la que más se olvida y la que más cuesta.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal ni tributaria. Cada caso depende de sus hechos. Revisa con un asesor de tu país si estás obligado a declarar y pagar impuestos allá por los ingresos de tu LLC, porque lo que no cobra Estados Unidos no queda por eso libre de impuestos en tu país de residencia.




Comentarios